El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Murcia, dicta SENTENCIA EN FAVOR DE UNA PERSONA INTERINA, REPRESENTADA POR LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE CCOO REGIÓN DE MURCIA a petición de la FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA, reconociendo abuso en la contratación temporal del Ayuntamiento de Murcia
Una sentencia pionera en la Región de Murcia declara que existe abuso en los sucesivos nombramientos como funcionaria interina por programas de la demandante, reiterando su derecho a ser mantenida en el puesto por el que ha sido nombrada como funcionaria interina por vacante, en tanto por la administración demandada no se proceda en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el artículo 10,1 del Texto Refundido del Empleado Público.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 3 de Murcia, ha dictado la Sentencia 101/2020 en respuesta a una demanda de una persona interina, representada por los Servicios Jurídicos de CCOO Región de Murcia, que reclamaba la fijeza como empleada pública en una administración local que reconoce en su fallo "el derecho de la recurrente a ser mantenida en el puesto por el que ha sido nombrada como funcionaria interina por vacante en tanto por la administración demandada no se proceda en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el artículo 10,1 del Texto Refundido del Empleado Público"., reconociendo asimismo, y este es un dato importante que retomaremos más adelante, que ha existido un abuso en los sucesivos nombramientos de la recurrente como funcionaria interina por programas.
Aunque la Sentencia sigue la estela jurisprudencial de la Sentencia del Tribunal Supremo de 26-09-2018, recurso 1305/2l017, no reconociendo la fijeza de la persona que ha sufrido abuso y sí su derecho a su permanencia en el puesto de trabajo hasta que sea ocupado de acuerdo con los procedimientos reglados, avanza en el cerco judicial al que se está sometiendo el incumplimiento sistemático de la Directiva 1999/70/CE por parte de las Administraciones Públicas, reduciendo su margen de respuesta y su obligación de resolver perentoriamente una situación insostenible, de la que si alguien no es culpable, lo es el colectivo de centenares de miles de interinos de larga duración.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de la Región de Murcia muestra su satisfacción porque la demanda presentada por sus Servicios Jurídicos ha dado como resultado una sentencia importante, anclada impecablemente en el derecho comunitario y nacional y con pocos o ninguna debilidad jurídica en su argumentación, situando a las Administraciones Públicas en una difícil posición: Están obligadas a reducir las altas tasas de temporalidad en el empleo público sin trampas ni atajos, sin ocultar empleo estructural y facilitando que todo el personal temporal de larga duración consolide su empleo. La opción ante la persistencia del abuso en la contratación temporal es la asunción de indemnizaciones suficientes y disuasorias. No la es, y en este punto es clara la sentencia, la conversión del empleo temporal de larga duración en empleo fijo sin procesos selectivos basados en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
CCOO considera necesario el cumplimiento íntegro de los acuerdos suscritos con Función Pública en los años 2017 y 2018, incluyendo la estabilización de todo el empleo público estructural esté incluido o no en las RPT, regularizándose y estabilizarlos laboralmente todos aquellos puestos de trabajo que se encuentran diseminados en contratos por programas, curso escolar o cualquier otra figura contractual.