La Junta de Gobierno ha aprobado esta mañana la Convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de las Juntas Municipales de Barrios y Pedanías para este ejercicio, cuyo objetivo es potenciar las asociaciones y colectivos del municipio colaborando en la generación de actividades programadas de tipo cultural y social.
De esta forma, la Concejalía de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación, que dirige José Guillén ha conseguido adelantar la Orden de Convocatoria tres meses respecto al pasado año en el que la convocatoria se publicó en el BORM el 6 de octubre de 2015, lo cual se manifestará en un beneficio directo sobre los solicitantes de las mismas.
Así, podrán ser objeto de subvención las actividades destinadas al colectivo de ciudadanos y potenciación del asociacionismo de los mismos, las de carácter cultural, turismo, festejos, deporte, educación, juventud, salud, medio ambiente, cooperación, consumo, servicios sociales y otras, los gastos de funcionamiento y mantenimiento de la propia asociación, así como obras pequeñas de reparación que no supongan un incremento en el patrimonio de la asociación y las actividades que complementen la actuación del Ayuntamiento y sus órganos de Participación Ciudadana.
La dotación global de la convocatoria asciende a 192.000 euros
Podrán ser beneficiarios las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, así como los particulares que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener su sede, domicilio social o que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Juntas Municipales, tanto de Barrio como de Pedanías.
- Que hayan justificado las subvenciones de años anteriores, otorgadas por el Ayuntamiento de Murcia.
- No ser beneficiarios de ninguna ayuda o aportación económica de otra Concejalía del Ayuntamiento de Murcia u Organismo dependiente, para la actividad para la que se solicita la presente subvención; no se concederá por este Ayuntamiento más de una subvención anual para persona física o jurídica, salvo por conceptos distintos a la actividad a subvencionar.
- No tener deudas con el Ayuntamiento de Murcia.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social según legalidad vigente.