Aprobados los presupuestos generales para el ejercicio de 2016. El Pleno municipal ha desestimado la alegación presentada por un ciudadano contra la aprobación inicial con los votos a favor de Grupo Municipal Popular, Grupo Municipal Socialista, Cambiemos Murcia y Ahora Murcia y en contra de Ciudadanos, gracias a lo cual pueden entrar en vigor estos presupuestos una vez que se publiquen en el BORM.
Este plan económico ha sido elaborado para que Murcia crezca y construya un futuro de oportunidades que permitirá que el municipio avance. Así, contempla inversiones importantes demandadas por los ciudadanos.
El presupuesto para el próximo año 2016 asciende a 404.438.040 euros, lo que representa un incremento del 1,13% respecto al anterior. Este crecimiento alcanza el 8,18% en el caso de las inversiones, que se sitúan en casi 31 millones de euros, a los que hay que sumar 20 millones de euros más, debido a la posibilidad de utilizar el remanente de tesorería.
De esta forma, y en atención a lo preceptuado en los informes de la Intervención municipal y de la Dirección Económica-Financiera, todos los gastos que la reclamación dice que no se encuentran contemplados en el Presupuesto de 2016 aprobado el pasado mes de diciembre, sí cuentan con las correspondientes consignaciones, por lo que estos informes proponían la desestimación por el Pleno de la reclamación.
Hay que recordar que el Pleno del pasado 23 de diciembre aprobó inicialmente el Presupuesto General Consolidado del ejercicio 2016, quedando expuesto al público en el BORM de 9 de enero, por un plazo de 15 días hábiles.
El 27 de enero, y en el último día de plazo, fue presentada esta reclamación, que básicamente se fundamenta en la omisión de crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad local, entre ellos la aportación municipal para el proyecto de soterramiento y llegada del AVE a la ciudad de Murcia.
En definitiva, la elaboración y tramitación del Presupuesto del Ayuntamiento de Murcia para 2016 se ha ajustado a los preceptos legales, no habiendo incurrido en ninguna de las causas de reclamación previstas en la normativa aplicable a la gestión presupuestaria municipal.