Murcia

La Audiencia Provincial absuelve al catedrático condenado por delito de acoso sexual

Murcia, 4 dic (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, ha revocado otra del Juzgado de lo Penal número 2, que en julio de este año condenó a un catedrático de Universidad a una multa de 3.600 euros por un delito de acoso sexual que fue denunciado por una compañera de Departamento.

La Sala absuelve "con todos los pronunciamientos favorables" a F.A. y señala que "el acusado, efectivamente, llegó a conectar favores sexuales con la carrera de la denunciante, pero ello fue excepcional, sin una seria y real convicción".

Indica también la sentencia que "ni del relato de hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal, ni de sus fundamentos jurídicos, ni de ningún dato de los aportados se extrae que durante el periodo del presunto hostigamiento, la víctima transmitiese al acusado que sus insistentes exhortaciones sexuales la agravaban".

El tribunal añade que "el único momento en que la denunciante transmite a su interlocutor sentimientos de intimidación y ofensa fue al comienzo de una charla cuando dice que se siente "fatal" y "amenazada", pero se trata de un hecho aislado y planteado en un entorno destinado a preconstituir pruebas incriminatorias".

La Sala alude en esta última apreciación al contenido de la conversación, que fue grabada por la profesora denunciante, M.I.G., sin que el catedrático lo supiera.

Como conclusión, el tribunal llega al convencimiento de que "durante más de dos años, desde principio de 2001 hasta mediados de 2003, el acusado interesó atenciones sexuales, que nunca perjudicó la carrera profesional de su patrocinada ni estaba entre sus designios hacerlo".

Según la sentencia, el profesor no se prevalió "significativamente" de su posición superior como catedrático, del que ella dependía, "y sólo en una ocasión, y ausente de cualquier propósito, la humilló objetivamente al amenazarla con remitirla a otro profesional".

"Durante todo ese tiempo, dice el tribunal, y con excepciópn de este último incidente, M.I.G. no trasladó a F.A. la tribulación que la embargaba ni el agravamiento de sus dolencias psiquiátricas". EFE

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