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Los perros de caza y pastoreo seguirán protegidos en la Región a pesar de la Ley estatal

Fundación Franz Weber agradece el apoyo de varios grupos políticos por una Ley estatal más ambiciosa

Las enmiendas sobre perros de caza, guarda y pastoreo o sobre animales de actividades deportivas no tendrán aplicación real en muchas comunidades

La reforma del Código Penal supone una regresión muy peligrosa para combatir el maltrato animal

La aprobación de la Ley de Protección Animal en el Congreso de los Diputados este jueves no tendrá un impacto real en comunidades como la Región de Murcia, donde la exclusión de animales de su ámbito de aplicación colisiona con la integración que ya formuló Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía, defiende la Fundación Franz Weber.

La ONG naturalista ha trabajado durante el último año y medio con los grupos parlamentarios de ERC, EH Bildu, Más País, BNG, CUP, Junts y Compromís para elaborar enmiendas que permitieran mejorar el texto y evitar retrocesos con respecto a las diferentes normas autonómicas.

Se ha votado una Ley estatal que al final permite el cruel tiro al pichón, prohibido en la Región desde 2017, al igual que en otros territorios como Galicia, Cataluña, La Rioja e Islas Baleares, o la famosa supresión de la protección para perros de actividades cinegéticas, pastoreo o guarda, donde la normativa murciana tampoco hace distinciones, por lo que los canes seguirían en idénticas condiciones, con independencia del uso que le den las personas.

Los naturalistas han denunciado también la influencia de grupos de presión a favor de la caza, la ganadería y los parques zoológicos, logrando que se presenten enmiendas a medida de sus intereses, aunque contravengan el propio espíritu de los proyectos. Por ejemplo la no prohibición de las granjas peleteras, la segregación de canes según su uso profesional o de ocio, o la explotación de delfines en espectáculos en ridículas piscinas.

Una reforma del Código Penal insuficiente y regresiva

Sobre el Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de maltrato animal, la entidad advierte, junto con INTERcids, operadores jurídicos por los animales, que este Proyecto de Ley supone un retroceso desde que se tipificó el maltrato animal como delito en 2003. Así, el texto prevé que la responsabilidad penal por delitos en contra de los animales pueda ser saldada a través de una mera multa, algo inexistente en el actual Código Penal.

Por otra parte, el redactado supone la despenalización de conductas sexuales contra los animales. Tampoco prevé el decomiso definitivo de los mismos para impedir que puedan regresar con su maltratador tras concluir el plazo de inhabilitación de la tenencia, cuestión sobre la que advirtieron el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial.

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