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Política Territorial y Función Pública alcanza en acuerdos con cinco comunidades que evitan la interposición de recursos de inconstitucionalidad

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública y cinco comunidades autónomas han logrado en el mes de mayo una solución pactada respecto a seis normas sobre las que habían manifestado discrepancias por el ámbito competencial constitucionalmente reconocido a cada una de ellas.

Los acuerdos se han alcanzado en el marco de las Comisiones Bilaterales de Cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas de Murcia, Cataluña, Comunitat Valenciana, Illes Balears y Cantabria y han permitido evitar la interposición de recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Este procedimiento de negociación, recogido en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, constituye un instrumento jurídicamente habilitado para que el Gobierno pueda llevar a cabo una cogobernanza eficaz con las comunidades autónomas, bajo la premisa del principio de colaboración.

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública, en su voluntad de diálogo permanente con las Comunidades Autónomas, ha logrado el acuerdo que resuelve el conflicto en relación con las siguientes leyes y decretos-leyes autonómicos:

Ley 5/2020, de 3 de agosto, de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente. Murcia

El acuerdo afecta a los apartados 2, 15, 20 y 22 del artículo 1. También al punto 2, artículo 101.3 artículo 103.2, 105 y 107.2.

Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral. Cataluña.

El acuerdo corresponde a los artículos 2, 3, 6, 7, 9, 11, 13, 15, 18, 19, 20, 23, 25, 27, 29 (letras g, j, k, m, q y s), 30, 31, 33 y 34.

Decreto Ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica. Comunitat Valenciana

Corresponde a los artículos 4, 5 apartado 3, 5 apartado 24, artículo 6 apartados 5 y 6, artículos 11, 12, 22, 27, 37, 40, 41, disposición transitoria segunda y artículos 30.2 f y 38.

Decreto ley 14/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes en determinados sectores de actividad administrativa. Illes Balears.

Se refiere al artículo 2 apartado 4.

Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de Illes Balears

Afecta a los artículos 14.3, 14.4, artículo 19 apartado 3 y artículo 22 apartados 6, 26 y 35.

Ley de Cantabria 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. Cantabria

Se refiere al artículo 2 apartado 1 y al artículo 14.

Además, en el último mes, se han firmado otros cuatro acuerdos de inicio. Así, comienzan los trabajos entre el Estado y las comunidades autónomas de Castilla la Mancha, Extremadura, Cantabria y Canarias para intentar llegar a un acuerdo respecto a estas cuatro normas autonómicas:

Ley 1/2021, de 12 de febrero, de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas. Castilla la Mancha. Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extremadura.

Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria.

Decreto Ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19. Canarias

Desde el pasado 26 de enero, cuando Miquel Iceta inició su mandato como ministro de Política Territorial y Función Pública, hasta el pasado 31 de mayo, se han firmado 24 acuerdos finales.

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