La Concejala de Nuevas Tecnologías y Portavoz de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura, Victoria Gómez Alcázar, ha informado en rueda de prensa, hoy jueves 27 de noviembre, sobre la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que da la razón al Ayuntamiento en el asunto de la petición de una indemnización por la desconexión de una antena de telefonía móvil.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dictado sentencia firme por la que estima el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Molina de Segura, revocando la sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Murcia, por extemporaneidad en la petición de indemnización planteada por Retevisión Móvil, S.A.
El Ayuntamiento de Molina de Segura llevó a cabo la desconexión de una antena de telefonía móvil en la calle Cartagena (Barrio del Sagrado Corazón) por carecer de licencia de obra desde el 27 de febrero de 2001 al 3 de julio de 2002. La operadora promovió un recurso contencioso administrativo, dictándose sentencia por la que se declaraba que la licencia solicitada se ajustaba al planeamiento urbanístico, motivo por el cual se debía conceder.
Posteriormente, la operadora inició reclamación en solicitud de indemnización por daños y perjuicios, por un importe de 171.234,90 euros, por el tiempo que la antena estuvo desactivada. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Murcia estimó el recurso condenando al Ayuntamiento al pago de dicha cantidad. La sentencia del TSJ revoca dicha sentencia, otorgando la razón al Ayuntamiento.
Recientemente, el Pleno del Ayuntamiento de Molina de Segura ha aprobado dos ordenanzas relativas a telefonía móvil: la Ordenanza de Instalación y Funcionamiento de Infraestructuras Radioeléctricas; y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de dominio público local por empresas prestadoras de servicios de telefonía móvil.
Mediante estas ordenanzas el Ayuntamiento trata de regular una actividad que hasta ahora carecía de regulación legal. Ambas ordenanzas se encuentran recurridas judicialmente en la actualidad por varias operadoras.