La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso de apelación que la empresa Monsora SL había interpuesto al Ayutamiento de Mazarrón, cliente de la firma de abogados y consultores ACAL. La constructora impuso una demanda en ejercicio de acción de resolución del contrato de compraventa que había suscrito con el Ayuntamiento de Mazarrón el día 14 de febrero de 2005. Dicha demanda se fundamentaba en que los terrenos que le habían sido vendidos por el Ayuntamiento de Mazarrón, no reunían las características esenciales que motivaron la compraventa, y, en concreto, Monsora, S.L. afirmaba que las parcelas no eran edificables.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia no entendió acreditadas esas circunstancias, afirmando, en contra de lo sostenido por Monsora, SL, que las parcelas vendidas eran edificables, en tanto que, de hecho, se han edificado otras que también vendió el Ayuntamiento de Mazarrón a Monsora S.L. en la misma escritura y en el mismo sector de “El Saladillo”.
En el recurso de apelación, Monsora SL reiteraba los argumentos esgrimidos en la primera instancia, y apelaba a la revocación de la sentencia que se había dictado, con imposición de costas al Ayuntamiento de Mazarrón. La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que resuelve el recurso de apelación interpuesto por Monsora, S.L. resuelve desestimar el mismo, con expresa imposición de costas a dicha mercantil.