Lorca

FACUA denuncia al Fortaleza Sound de Lorca por cobrar un extra de 10 euros para poder reacceder al recinto

También por no permitir entrar con comida y bebida del exterior y por imponer la pulsera 'cashless' como único método de pago

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Promociones Artística SL, promotora del festival Fortaleza Sound que se celebrará 28, 29 y 30 de junio en el municipio murciano de Lorca, por cobrar un extra de 10 euros u obligar a comprar una entrada VIP para poder reacceder al recinto, por prohibir la entrada con comida y bebida del exterior, por imponer la pulsera cashless como único método de pago y por quedarse con parte del dinero no gastado. La denuncia se ha presentado ante la Dirección General de Consumo y Artesanía de la Región de Murcia.

En el apartado de ‘Info útil’ de la página web del festival se recoge la prohibición de acceder al recinto con bebida o comida de fuera. Asimismo, para poder entrar y salir sin restricciones obliga a los asistentes a adquirir una entrada VIP o a abonar un extra de 10 euros. Por lo tanto, las personas que hayan comprado la entrada de día general no podrá salir y volver a entrar si no paga un extra adicional al precio de la entrada. Además, a quienes tengan el abono de dos días se les prohíbe salir del recinto hasta las 01.00 horas.

Del mismo modo, la promotora impone el uso de la pulsera cashless como único método de pago válido durante la celebración del festival para pagar bebida, comida y merchandising, y a la conclusión del evento no permite recuperar el dinero sobrante si el importe no es superior a tres euros.

Qué dice la ley

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

Asimismo, el artículo 47 del Real Decreto-Legislativo 1/2007 dispone que son infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios “la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal”..

Por todo ello, las cláusulas del Fortaleza Sound denunciadas por FACUA serían abusivas, ya que suponen un perjuicio en el consumidor. Además, el hecho de imponer un importe mínimo para solicitar el reembolso del dinero de la pulsera es una práctica no consentida, que atenta a la buena fe y que supone un flagrante desequilibrio contractual. Si el consumidor no actúa en el indicado plazo, la empresa obtendría un enriquecimiento injusto al apropiarse de una cantidad íntegra de un servicio que finalmente no se presta.

Por todo ello, la asociación exige a la Dirección General de Consumo y Artesanía que abra expediente sancionador contra Promociones Artística SL por vulnerar la normativa vigente en materia de defensa de derechos de los consumidores y usuarios. 

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