Lorca

Juan Miguel Bayonas, edil de Limusa: "El Ayuntamiento recauda a los lorquinos exactamente la cantidad que por ley ha impuesto el Gobierno de España"

Tras las declaraciones vertidas en la mañana de este martes, 7 de mayo, por el Grupo Municipal Socialista, el concejal aclara que "el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos se encuentra regulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular"

Con esta tasa, "se hace frente al pago del canon estatal, que repercute no ya en todos los lorquinos sino en todos los residentes en España"

El Boletín Oficial de la Región de Murcia ha publicado la "Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras", que incluye "la misma tasa del año pasado más la subida necesaria y suficiente para recaudar, en nombre del Gobierno de España, el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos que -con efectos de 1 de enero de 2023- se encuentra regulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, dictada por el equipo de Pedro Sánchez.

Así lo ha trasladado el concejal de Limusa, Juan Miguel Bayonas, tras las declaraciones del Grupo Municipal Socialista acerca de la subida de impuestos. "La subida de la tasa responde, única y exclusivamente, a la propuesta de nuevos precios solicitada por Limusa para hacer frente al pago del canon estatal, que repercute no ya en todos los lorquinos sino en todos los residentes en España. La cuota promedia 30 euros por tonelada para el residuo urbano doméstico, lo que en términos globales supuso para Lorca 971.120 euros en 2023, cantidad que afrontó Limusa y, por ende, el Ayuntamiento de Lorca".

Este gravamen "es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la entrega de residuos en vertederos para su eliminación que se autoliquida trimestralmente, y que Lorca ha de transferir íntegro a la Agencia Tributaria del Estado", ha apuntado el edil.

La finalidad del impuesto es el fomento de la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos, con la fracción orgánica como fracción preferente y la educación ambiental, al objeto de desincentivar el depósito de residuos en vertedero, la incineración y su coincineración.

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