Lorca

El PSOE demanda claridad en la exención del pago del IBI

El responsable de la Comisión Ejecutiva sobre temas relacionados con los Seísmos, Antonio Navarro, denuncia la falta de información y subjetividad a la hora de aplicar la mencionada exención

El responsable de la Comisión Ejecutiva Local sobre temas relacionados con los Seísmos, Antonio Navarro, ha querido hacerse eco "del malestar de muchos vecinos de distintas pedanías lorquinas ante la falta de claridad y la nula información llevada a cabo por el Ayuntamiento acerca de la exención del pago del IBI".

Navarro ha explicado que "los vecinos no entienden qué criterios se aplican a la hora de decidir  quién esta y quién no está exento dentro de esas pedanías. Se puede comprobar que en determinadas zonas que sí tienen que pagar este Impuesto hay tantos daños o más que en zonas que están exentas del mismo. Incluso se da la circunstancia que en determinados caminos de estas pedanías, los vecinos del margen derecho del camino vecinal están exentos del pago del IBI mientras los vecinos del margen izquierdo de ese mismo camino sí tienen que pagar este impuesto aunque sus hogares hayan sufrido más daños".

El dirigente socialista ha insistido en que "desde el Partido Socialista no entendemos por qué no se ha ampliado el radio de exención a zonas menos pobladas, ya que en ningún punto del Real Decreto pone limite de importe. Además, queremos poner de manifiesto que no son ciertas las declaraciones que hemos escuchado en repetidas ocasiones por algunos miembros del Equipo de Gobierno en las que se  atribuye la exención de este impuesto municipal a una buena gestión. A este respecto queremos aclarar, que la exención del pago de este impuesto se debe a que está contemplado en las ayudas aprobadas en el Real Decreto 6/2011 y por el que el Ayuntamiento ha recibido ya del Gobierno Central la cantidad de 10.500.000 €".

Navarro Pérez ha querido finalizar recordando que "aquel vecino que sin haber entrado dentro del radio de la exención del IBI crea que tiene derechos a la exención por haber sufrido daños en su vivienda, podrá solicitar la exención antes del 29.12.11 aportando uno de los siguientes documentos: contrato de alquiler por abandono de la vivienda por los daños sufridos, certificado de acogida de algún familiar, de que ha estado alojado en su vivienda o certificado del Alcalde Pedáneo de que ha estado fuera de la vivienda por los daños sufridos".

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