Lorca

La póliza del patrimonio municipal de Lorca cubre más de 102 millones en daños

Pero el Consorcio se niega a pagar los 40 millones que hay de daños

El Ayuntamiento ha presentado una reclamación ante el Consorcio y recurrirá a la vía judicial si hace falta para conseguir la indemnización de 40 millones que le corresponden. Desde el Consistorio desmienten las afirmaciones de Manuel Soler.

Desde el Ayuntamiento de Lorca se ha informado que la póliza del patrimonio municipal de Lorca cubre 102.117.947,62 en daños, de los cuales 88.977.816,12 euros corresponden a continente (con relación expresa de bienes y valoración de los mismos), 8.011.487,43 euros a contenido y 5.128.644,07 euros a obras de arte, contemplándose incluso que no cabe la aplicación de la regla proporcional.

Con estas cifras estarían más que cubiertos los aproximadamente 40 millones en daños que han sufrido las propiedades municipales, pues el contrato marca más del doble del coste de las reparaciones y sustituciones a realizar.

Sin embargo, el Consorcio de Compensación de Seguros ha manifestado que sólo está dispuesto a abonar 6,975 millones de euros, una cantidad muy inferior al coste de la restitución de daños, algo que el Consorcio también está haciendo en muchos expedientes de particulares y empresas, por lo que el Ayuntamiento ha presentado una reclamación ante el Consorcio y recurrirá a los tribunales si hace falta para conseguir la indemnización de todo el capital que le corresponde conforme a la póliza suscrita de un capital de más de 102 millones de euros y las primas pagadas.

Desde el Ayuntamiento denuncian que el Consorcio de Compensación de Seguros "prefiera no cumplir con su obligación legal con los lorquinos reflejada en el Pliego de las Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas de contratación de este seguro".

En este sentido, desde el Consistorio ha desmentido las afirmaciones del socialista Manuel Soler, que al parecer desconoce las condiciones del pliego, pues lo ha solicitado hoy mismo.

El Consorcio de Compensación de Seguros da por válida una cláusula de límite máximo de indemnización, que realmente no estaba vigente pues la póliza recoge una y otra vez que cualquier contradicción con el Pliego de Cláusulas Administrativas se tendrá por no puesta, además, la propia legislación, la doctrina jurídica y jurisprudencia de forma unánime coinciden en que en las adjudicaciones mediante concurso público el pliego de condiciones tiene fuerza vinculante entre las partes y en este no se contempló en ningún momento límite alguno para riesgos extraordinarios ni para la suma asegurada en concepto de continente y contenido.

Por todo ello, desde el Ayuntamiento se exige al Consorcio que asuma el gasto que le corresponde pues antes o después tendrá que abonarlo y mientras tanto se está generando un perjuicio a los lorquinos que no pueden hacer uso de sus instalaciones, entre las que se encuentran locales sociales, sedes de concejalías como Servicios Sociales, instalaciones deportivas como el Complejo Europa o la Biblioteca Pilar Barnés, entre otros muchos.

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