Marina García, Concejala de Control de Ruidos en Locales y Vía Pública informa que en virtud de la Orden de 29 de enero de 2013, de la Consejería de Presidencia, dictada con motivo de las Fiestas de Carnaval, aconseja prorrogar con carácter extraordinario y temporal los horarios de cierre de determinados establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por todo ello, los establecimientos, debidamente autorizados, incluidos en las siguientes categorías: hostelería y bares, salas de baile y bares especiales, podrán permanecer abiertos, prorrogando su horario de cierre sobre el horario regulado en la Circular 2/94 de la Delegación del Gobierno de 16 de febrero de 1994 (BORM 16/3/94) por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, dos horas más , durante los siguiente periodo:
- El comprendido entre los días 8 al 13 de febrero de 2013 (ambos inclusive).
Esta autorización excepcional y temporal de prórroga de horario no exime del cumplimiento de los límites de inmisión y emisión sonora, ni de las demás normas establecidas, en cuanto a actividades molestas, en las condiciones particulares de sus licencias respectivas y en las disposiciones generales sobre policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.