La Comisión Europea ha aprobado un régimen español por valor de 408 millones de euros para apoyar la descarbonización de la industria manufacturera, en consonancia con los objetivos del Pacto por una Industria Limpia. Esta medida, que contribuirá a la transición hacia una economía de cero emisiones netas, se financia con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El régimen se ha aprobado en virtud del Marco de ayudas estatales del Pacto por una Industria Limpia, que la Comisión adoptó el 25 de junio de 2025.
Las ayudas españolas
España notificó a la Comisión, en virtud del Marco de ayudas estatales del Pacto por una Industria Limpia, un régimen de 408 millones de euros para apoyar la descarbonización de la industria manufacturera, lo que contribuye a los objetivos del Pacto por una Industria Limpia. El régimen será financiado en su totalidad por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, tras la evaluación positiva por parte de la Comisión del plan de recuperación y resiliencia de España y su adopción por el Consejo.
La finalidad del régimen es apoyar la descarbonización de los procesos de fabricación en las instalaciones existentes gracias a inversiones que contribuyan a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de las actividades industriales, así como al aumento de la eficiencia energética de los procesos industriales.
España prevé una reducción anual de las emisiones de gases de efecto invernadero de aproximadamente 1,6 megatoneladas de CO2. La medida apoyará inversiones en tecnologías como la electrificación, la transición al hidrógeno renovable o con bajas emisiones de carbono, la recuperación del calor residual, o la captura, almacenamiento y utilización de carbono, en una amplia gama de sectores, como los productos químicos, la cerámica, el papel y la metalurgia. En virtud de este régimen, las ayudas serán en forma de subvenciones directas. La medida estará abierta a empresas de todos los tamaños, y a instalaciones y sectores tanto dentro como fuera del régimen de comercio de derechos de emisión.
La Comisión ha constatado que el régimen español se ajusta a las condiciones establecidas en las secciones 3 y 5 del Marco de ayudas estatales del Pacto por una Industria Limpia (en lo sucesivo, el «Marco»).
Con arreglo al régimen, el importe de la ayuda se determina sobre la base de los costes de inversión subvencionables y las intensidades de ayuda predefinidas (el porcentaje de costes subvencionados), en consonancia con el Marco. Las ayudas se concederán a los proyectos subvencionables por orden de presentación hasta agotar el presupuesto. Los proyectos deben estar en funcionamiento a más tardar 60 meses después de la concesión de la ayuda. Para limitar el falseamiento indebido de la competencia, la ayuda no puede utilizarse para financiar un aumento de la capacidad de producción del beneficiario. El importe máximo de la ayuda por empresa y proyecto es de 200 millones de euros..
La Comisión ha concluido que el régimen español es necesario, adecuado y proporcionado para acelerar la transición hacia una economía de cero emisiones netas y facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas, que son elementos relevantes con vistas a la ejecución del Pacto por una Industria Limpia. Esto es conforme al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la UE y a las condiciones establecidas en el Marco.
Sobre esta base, la Comisión ha aprobado este régimen de ayudas con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Contexto
La Comisión Europea adoptó el 25 de junio de 2025 el Marco de ayudas estatales del Pacto por una Industria Limpia con objeto de fomentar las ayudas en sectores clave para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, en consonancia con el Plan por una Industria Limpia.
El Marco permite los siguientes tipos de ayudas, que los Estados miembros pueden conceder hasta el 31 de diciembre de 2025 con el fin de acelerar la transición ecológica:
· Medidas para acelerar el despliegue de las energías renovables y los combustibles hipocarbónicos (secciones 4.1 y 4.2). Los Estados miembros pueden establecer sistemas de inversión en todas las fuentes de energía renovables, así como en el almacenamiento de energía, con procedimientos de licitación simplificados. También se definen reglas específicas para acelerar el despliegue de combustibles hipocarbónicos.
· Medidas que permitan una reducción temporal de los precios de la electricidad para los grandes consumidores de energía a fin de facilitar la transición hacia una electricidad limpia de bajo coste (sección 4.5). Estas medidas contribuirán a evitar que las actividades industriales se trasladen a lugares en los que no existan normas medioambientales o donde sean menos ambiciosas, antes de que la descarbonización del sistema eléctrico de la UE se traduzca plenamente en una reducción de los precios de la electricidad.
· Medidas que faciliten la descarbonización de los procesos industriales (sección 5). Los Estados miembros pueden apoyar las inversiones en la descarbonización de las actividades industriales a fin de reducir la dependencia respecto de los combustibles fósiles importados. Esto puede darse gracias a la electrificación, la eficiencia energética y el cambio al uso de hidrógeno renovable y electrolítico que cumpla determinadas condiciones, con mayores posibilidades de apoyo a la descarbonización de los procesos industriales que pasen a utilizar combustibles derivados del hidrógeno.
· Medidas para alcanzar una capacidad suficiente de fabricación de tecnologías limpias (sección 6). Los Estados miembros pueden conceder ayudas a la inversión para proyectos estratégicos en consonancia con el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas (como baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores, y captura, uso y almacenamiento de carbono). Esto abarca también la producción de componentes clave y la producción y el reciclado de las materias primas fundamentales conexas.
· Medidas para reducir el riesgo de las inversiones privadas necesarias para el despliegue de las energías limpias, la descarbonización industrial, la fabricación de tecnologías limpias, determinados proyectos de infraestructuras energéticas y proyectos que fomenten la economía circular (sección 8).