La Dirección General de Tráfico prepara una reforma del Reglamento General de Circulación que pondrá fin a varias exenciones históricas en el uso del cinturón. Taxistas, profesores de autoescuela y conductores profesionales deberán llevarlo en todo momento, incluso durante servicios urbanos o formativos.
Durante décadas, el uso del cinturón de seguridad ha sido una de las medidas más eficaces para reducir la siniestralidad vial. Según la propia DGT, su utilización correcta disminuye en un 77% el riesgo de fallecimiento en caso de vuelco.
El marco legal actual
El artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial (LSV) sanciona no usar el cinturón o hacerlo de forma incorrecta, considerándose una infracción grave que puede suponer una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carné de conducir.
Sin embargo, no siempre es obligatorio llevarlo. Por norma general, el artículo 119 del Reglamento General de Circulación (RGC) exime a cualquier conductor de utilizarlo cuando realiza la maniobra de marcha atrás o durante el estacionamiento.
Además, los conductores de taxi, siempre que estén circulando por poblado y de servicio, también están exentos de utilizarlo. Eso no exime a los pasajeros del taxi, aunque la ley sí permite transportar a menores de hasta 135 centímetros de estatura sin un sistema de retención infantil homologado, siempre que ocupen un asiento trasero y usen el cinturón de seguridad.
A ello se suman otros supuestos tradicionales, como los conductores y transportistas de mercancías durante operaciones de carga y descarga a corta distancia, los vehículos de emergencia en servicio o las personas con certificado médico oficial que acredite la imposibilidad de usarlo.
Una reforma para reforzar la seguridad vial
La DGT trabaja en una modificación del Reglamento General de Circulación que eliminaría la mayoría de estas excepciones. El objetivo es extender la obligación del uso del cinturón a todos los conductores, incluidos los profesionales, y reforzar así la seguridad en carretera y la prevención de accidentes laborales vinculados al transporte.
Según el planteamiento actual, solo permanecerán exentas aquellas situaciones justificadas por razones médicas o de servicio:
Casos médicos graves acreditados oficialmente.
Conductores y ocupantes de vehículos de emergencia durante intervenciones.
Maniobras concretas como la marcha atrás o el estacionamiento.
Multas y pérdida de puntos
Fuera de estos casos, todos los conductores —incluidos los profesionales— deberán llevar el cinturón correctamente abrochado. El incumplimiento seguirá considerándose una infracción grave, con 200 euros de sanción y la pérdida de 4 puntos.
Un cambio aún pendiente de aprobación
Aunque la medida no es todavía oficial, fuentes de la DGT apuntan que podría incorporarse a una próxima actualización del Reglamento General de Circulación en 2026. La iniciativa ha despertado debate en sectores como el taxi o la formación vial, que reclaman mantener ciertas excepciones por operatividad, pero Tráfico insiste en que la seguridad debe prevalecer sobre la costumbre.
Qué pueden hacer los conductores afectados
Desde Pyramid Consulting, despacho especializado en sanciones de tráfico, recuerdan que aunque la reforma aún no ha entrado en vigor, "conviene adoptar desde ya el uso del cinturón en todas las situaciones, incluso cuando antes no era obligatorio".
Además, la firma aconseja revisar cualquier sanción antes de pagarla, especialmente si existen dudas sobre la fecha de aplicación de la norma o la correcta acreditación de la infracción.
"Si finalmente la DGT aprueba esta modificación, será fundamental informar adecuadamente a los colectivos profesionales y garantizar que las sanciones se impongan de forma justa y proporcionada", señalan desde Pyramid Consulting.