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¿Qué son las "cartas del miedo" que está enviando Hacienda estos últimos meses del año?

Todos los contribuyentes que no completaron correctamente su información en la declaración de la Renta están recibiendo estos meses requerimientos de Hacienda

Aunque muchos contribuyentes presentaron su declaración a tiempo, aquellos que no lo hayan hecho aún se enfrentan a sanciones y multas por parte de la Agencia Tributaria

Las notificaciones pueden ser de todo tipo: desde cartas informativas a propuestas de liquidación o expedientes sancionadores, informan desde TaxDown

29 de octubre de 2025 La campaña de la declaración de la renta llegó a su fin el pasado 30 de junio. Sin embargo, muchos contribuyentes están recibiendo estos días notificaciones de Hacienda, las llamadas "cartas del miedo", en las que les solicitan información adicional o les piden contestación a un requerimiento concreto.

Según datos de TaxDown, el año pasado se enviaron alrededor de dos millones de notificaciones de Hacienda, siendo la más común el requerimiento de información. Y es en estos últimos meses del año cuando la Agencia Tributaria envía un mayor número de "cartas del miedo".

¿Qué es una "carta del miedo" y cómo suele enviarlas Hacienda?

Las conocidas como "cartas del miedo" no son más que notificaciones que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o empresa. Normalmente las suele enviar porque ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal en la presentación de la Declaración de la Renta y suele solicitar documentos adicionales a los ya presentados. También puede ser que la declaración esté correctamente presentada y solo quieran comprobar la información.

Normalmente estas cartas se envían por correo postal pero también se puede recibir el requerimiento a través de un mensaje SMS si la Agencia Tributaria tiene el teléfono del contribuyente.

Tipos de "cartas del miedo"

Según informan desde TaxDown, hay distintos tipos de notificaciones que están recibiendo los contribuyentes especialmente en estos tres últimos meses del año:

Carta informativa: se trata de una carta que envía la Agencia Tributaria a modo de información. En estos casos no es necesario responder pero sí verificar que se ha recibido, porque todas sus cartas son certificadas.

Requerimiento: es una notificación que recibe el contribuyente cuando Hacienda detecta que la información cumplimentada no coincide con la que ellos tienen en sus informes fiscales. Y es siempre obligatorio responder a ella o Hacienda podría emitir una sanción.

Propuesta de liquidación: se recibe cuando Hacienda considera que hay que modificar alguna información que considera errónea. Y al final de esa notificación adjuntan un borrador modificado con los cambios expuestos para que el contribuyente pueda revisar el cambio de resultado.

Resolución del procedimiento: es una notificación con la conclusión final sobre los procedimientos que han estado abiertos con Hacienda. Puede ser tanto una resolución ganada o una resolución con un resultado a pagar. En estos casos Hacienda también envía adjunta una carta de pago al final.

Providencia de apremio: se trata de una carta en la que la Agencia Tributaria establece unas fechas en las que cobrará la deuda contraída. En este caso es importante pagar de forma rápida aunque después podamos recurrir o pedir la suspensión de la deuda.

Diligencia de embargo: similar a la anterior, pero en la que Hacienda ya embarga un bien al contribuyente (como un coche, una moto) o parte de su salario o cuentas corrientes. En estos casos es imprescindible pagar para que se levante el embargo. Si no se hace, Hacienda puede proceder a subastar los bienes para cobrar su deuda.

Inicio de investigación de inspección: una solicitud de documentación para una inspección de Hacienda.

Expediente sancionador: la confirmación oficial de que el contribuyente ha cometido alguna infracción fiscal.

Sanciones por no hacer el pago correspondiente a la Agencia Tributaria

Si nuestra declaración de la renta de este año nos salió a pagar, pero aún no hemos podido hacer el ingreso, podemos recibir una de estas "cartas del miedo" de Hacienda.

En el caso de pagar voluntariamente una vez nos hayamos dado cuenta, tendremos un recargo del 5% sobre la cantidad dejada de pagar.

Y si por el contrario, llega la "carta del miedo" para avisarnos, el recargo puede ser desde el 10% hasta el 20% de lo dejado de pagar, dependiendo de si realizamos el pago en el periodo voluntario o no.

Hacienda tiene 4 años para avisarnos por los errores cometidos en esta campaña

El periodo de revisión por parte de la Agencia Tributaria de los trámites fiscales por el impuesto a la renta de las personas físicas puede alargarse hasta 4 años. Por ello, aunque se haya terminado la campaña de 2024, Hacienda tiene hasta 2028 para avisarnos de los fallos cometidos este año y podría enviarnos una carta pasado el tiempo.

Más de 24 millones de personas presentaron su declaración de la Renta este año

Según datos de la Agencia Tributaria, este año presentaron su declaración de la renta un total de 24.570.427 contribuyentes, un 2,35% más que el año pasado, siendo casi 7 millones de estas declaraciones con un resultado a ingresar por parte de los contribuyentes. Aquellos que decidieron aplazar la deuda se enfrentarán el próximo 5 de noviembre al pago del segundo plazo.

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