La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tumba la evaluación de riesgos psicosociales realizada en la Confederación Hidrográfica del Segura por la escasa incentivación a la participación, errores metodológicos y la no adopción de la medidas organizativas previstas, tanto en la realizada en 2016 como la última de 2024 a requerimiento de la ITSS.
Un informe enviado al responsable de la Sección Sindical y delgado de prevención de CCOO en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en Murcia, Francisco Turrión (autor de la denuncia inicial y de las posteriores alertando del incumplimiento del requerimiento de la ITSS de julio del año pasado), concreta dichas deficiencias.
Dice el ITSS que, al igual que pasaba en la anterior evaluación de 2016, esta de ahora se limita a cuestionarios a cumplimentar por los empleados públicos y no hay un trabajo de campo previo para analizar las condiciones de la organización del trabajo que pudieran tener incidencia en los riesgos psicosociales a los que se encuentran expuestos como son sistema de retribución y conceptos aplicados, grado de participación en la organización del trabajo o sistemas de promoción profesional.
Además, tampoco se utilizan técnicas cualitativas, como entrevistas, que permitan obtener un mejor conocimiento de las causas concretas que motivan los factores de riesgo existentes.
En cuanto a la participación, la actual no llega ni al 50% de la plantilla, mientras que la de 2016 fue del 61%, y esto se achaca a una escasa implicación de la empresa en dicha evaluación.
Por otro lado, ha comprobado que los factores de riesgos psicosociales que presentaban mayor nivel de riesgo en 2016 en la Comisaría de Aguas (Unidad en la que se centra el estudio) han aumentado porcentualmente con respecto a la evaluación actual.
Así, la carga de trabajo que afectaba al 43% de la plantilla analizada en 2016, ahora es del 66,70%, el desempeño de rol del 63 % al 73,7% y las relaciones y apoyo social del 43 % al 51%.
Además, resalta que en los comentarios recogidos en los cuestionarios se desprende que el personal no se siente valorado por su trabajo; existen comportamientos que implican machismo, corporativismo, favoritismo y clasismo; falta de información respecto al contenido y procedimiento para la realización de las tareas asignadas; falta de capacidad y formación por parte de algunos responsables y falta de personal.
También destaca que las medidas correctoras que establece la evaluación actual son mucho más reducidas que las del informe de 2016; aunque en ambos casos no se ha implementado ninguna.
Entre las medidas previstas está: enseñar a los mandos a fomentar la participación de los funcionarios y funcionarias para mejorar su puesto de trabajo; reuniones de trabajo donde se repartan tareas; informar de los canales de participación; formar a los directivos en la gestión de equipos, trato de personas y ejercicio adecuado del mando; fijar un sistema comprensible de productividades. Desarrollar por escrito las tareas y funciones a realizar en cada puesto de trabajo y una adecuada jerarquización de los puestos de trabajo, para que el personal tenga un adecuado conocimiento de sus mandos.
Respecto del factor relativo a la carga de trabajo existente: implementar métodos de organización de procesos y optimización de forma que se facilite el desarrollo de la tarea y se eliminen acciones o procesos innecesarios; incorporar personal a aquellos puestos que lleven más carga de trabajo; analizar el contenido del trabajo asignado favoreciendo un reparto equitativo de la carga de trabajo existente.
Finalmente, y a la vista de las deficiencias existentes en el cumplimiento del requerimiento y en la no implantación las medidas preventivas necesarias para reducir los niveles de riesgo existentes; el IT informa que emitió el correspondiente informe previsto en el R.D 707/2002 de 19 de julio, donde se procede a trasladar este grave incumplimiento en materia de salud laboral a la subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social para que lo notifique a la subsecretaría del MITECO y al objeto de que se depuren responsabilidades, si procede, y se obligue a adoptar, ya de una vez, las medidas preventivas previstas.