El pasado 11 de abril empezó la campaña IRPF 2022 para la gestión y declaración de renta de los contribuyentes residentes en España, con respecto a sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes al año anterior. Esta se podrá realizar hasta el 30 de junio de 2023, a través de internet, telefónicamente o presencialmente en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
No obstante, para la anualidad en curso, se presentaron novedades en el Real Decreto 31/2023 del 24 de enero, que modifica el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y que deja inquietudes relacionadas con los porcentajes que deben declararse.
Para ello, el despacho MAX GESTIÓN, especializado en asuntos económicos, fiscales, contables e informáticos, se ha encargado de acompañar a personas naturales y jurídicas en la aplicación de estos cambios, con el fin de que se dé cumplimiento efectivo y bajo los estatutos legales.
¿Qué implican las variaciones en el IRPF?
MAX GESTIÓN cuenta con un equipo de expertos con trayectoria de más de 30 años en prestar asesoría en temas fiscales y contables. Para este año, se ha especializado en la campaña IRPF 2022, que trae cambios importantes, complejos y, en ocasiones, confusos para los contribuyentes. En ese sentido, ofrece un servicio personalizado en incrementos, retenciones y reducciones en la declaración. Sin embargo, el principal objetivo de la compañía es evitar errores que puedan generar sanciones o multas a los clientes ante la Agencia Tributaria. Por ello, pone a disposición la información sobre dichas novedades.
En primer lugar, de acuerdo con la modificación del apartado 2 del artículo 86, se establece la reducción del 15 % al 2 % del tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos de trabajo en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como las personas que desarrollen oficios técnicos o auxiliares relacionados.
Cabe destacar que el porcentaje será del 0,8 % cuando las utilidades laborales se beneficien de la deducción por residencia en Ceuta y Melilla, prevista en el artículo 68.4 de la Ley del IRPF, y por actividades desarrolladas en la Isla de la Palma.
Otro de los cambios tiene que ver con el apartado 1 del artículo 95, que determina la deducción del 15 % al 7 % a los profesionales del espectáculo, como representantes técnicos y agentes de colocación de artistas. Así como a los empleados o independientes culturales, entre ellos, pintores, escultores, ceramistas, periodistas, escritores, guionistas, etc.
Tributación para el IRPF 2022
Según MAX GESTIÓN, la renta se declara de acuerdo con una escala que se aumenta en la medida en que los ingresos brutos se incrementan. Al respecto, las personas que informen sobre sus utilidades entre 0 y 12.450 euros, tendrán una retención del 19 %. Por su parte, aquellos que hayan devengado hasta 20.199 euros, retendrán el 24 %. Asimismo, deberán aportar el 30 % las empresas o personas que hayan obtenido ganancias hasta 35.199 euros. Entre tanto, aportarán el 37 % si la información de renta en el año anterior fue hasta 59.999; retendrán el 45 % si obtuvieron 299.999 euros máximo y, finalmente, estarán obligados a aportar el 47 % si esos beneficios económicos anuales llegaron hasta los 300.000 euros.