Recientemente, el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres dictó una sentencia que ha servido para marcar un precedente que redefine lo que hasta ahora se consideraba baja laboral por accidente en el trabajo. Y es que en dicha sentencia se reconoce como accidente laboral la caída sufrida por una mujer en su casa, mientras se encontraba teletrabajando.
Con esto se logra, entre otras cosas, sentar las bases para la protección de la integridad física ante la jurisprudencia de quienes hacen teletrabajo. El caso, incluso, ha servido para que empresas especializadas en asesoría laboral, tales como MZG Asesores, intensifiquen su compromiso con autónomos como la mencionada en la sentencia.
Una caída en el baño mientras se estaba teletrabajando se considera accidente laboral
Esto es justo lo que consta en la sentencia del pasado 26 de octubre. Se trata del caso de una mujer, teleoperadora de profesión, que sufrió una caída tras salir del baño mientras teletrabajaba. El suceso ocurrió exactamente el día 8 de marzo de este año 2022. Ese día se encontraba en su horario habitual de teletrabajo, el cual comenzaba a las 8:00 y finalizaba a las 14:00.
Al salir para volver a su ordenador, tropezó y cayó, sufriendo un traumatismo en el codo y en su costado derecho. Ante esto, la aseguradora alegó que no respondería ante esta situación, ya que el accidente no se dio sentada frente al ordenador. Sin embargo, el juez desestimó este alegato afirmando que la visita al aseo para atender una necesidad fisiológica obligatoria no puede en este caso enervar la presunción legal. Ante esto, el Juzgado estimó la demanda hecha por la mujer, finalizando con una sentencia a su favor, dónde se reconoce que lo ocurrido entra dentro del marco legal de lo que se considera un accidente laboral.
Aspectos relevantes de esta sentencia
El caso ha dejado algunos aspectos que son importantes de considerar y que destacan lo descrito en la sentencia. Y es que, en ella, el juez ha afirmado algo que es fundamental tener en cuenta. Lo que ha dicho es que, con todo esto, no se está tratando de poner en mejor condición a quienes teletrabajan, sino más bien evitar su desprotección en casos como este. Pero, además de eso, para la resolución de la sentencia también se han sentado las bases para reconsiderar algunos aspectos consolidados legislativa y jurisprudencialmente, con el fin de abarcar también a quienes trabajan en esta modalidad. Más ahora, cuando a causa de la pandemia, el teletrabajo se ha multiplicado.
Pese a todo lo anterior, una cosa queda clara, y es que esta sentencia representa un importante paso hacia la protección de quienes trabajan a distancia a través de un ordenador. Es una forma de hacerles saber que también pueden encontrar respaldo en las leyes para resguardar su integridad física y su seguridad.