El 17 de diciembre entró en vigor la DIRECTIVA (UE) 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión o lo que es lo mismo la Directiva Whistleblowing.
Esta nueva normativa supone un avance en el cumplimiento normativo de las grandes empresas, las únicas que de momento estarán obligadas a contar con este canal. Esta directiva será la herramienta interna con la que cuente la empresa para recibir denuncias de posibles conductas inadecuadas en el seno de la compañía. Este canal debe asegurar el anonimato del denunciante así como el derecho a defensa del denunciado.
Como comentábamos antes se trata de una herramienta más y un paso más en materia de cumplimiento en las empresas. Contar con un canal de denuncias beneficia a la empresa en cuanto a que puede localizar y solucionar antes de que llegue a mayores términos una posible irregularidad.
En este sentido, esta aplicación resulta muy interesante en las instituciones públicas. Las administraciones tienen la oportunidad de actuar con el ejemplo y demostrar que se exigen tanto a sí mismas como al resto. El Canal Denuncias en ellas puede servir como cortafuegos ante posibles irregularidades que puedan estar ocurriendo en el sistema público. Es una buena oportunidad para que las administraciones demuestren el empeño de poner fin a esa mala fama labrada durante años por casos de negligencias y corrupción en su seno.
Una vez más, como ya ocurriera en mayo de 2018 con la Ley de Protección de Datos, España llega a contrarreloj a esta entrada en vigor. A diferencia de otros países europeos, como Dinamarca, nuestro país no ha transpuesto la Directiva. Esto hace que al no existir una directiva nacional se relaje en aquellas empresas en las que no sea obligatorio todavía. En otras palabras, España no ha hecho méritos hasta el momento para difundir y promover en sus empresas este canal. Desperdiciamos otra vez una oportunidad para ser pioneros en materia de cumplimiento y buen gobierno empresarial.
De lo que no cabe duda, es que ya no hay vuelta atrás, Europa está sentando las bases para que la actividad empresarial esté cada vez más regulada y lejos de malas prácticas que puedan poner en peligro no sólo la viabilidad financiera de la compañía si no también su reputación y prestigio como empresa.
En este sentido, los tan ansiados fondos europeos relacionados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la UE exigirán a las empresas para optar ellos contar con un plan de cumplimiento que garantice que la compañía ha adoptado las medidas necesarias para prevenir y mitigar supuestos casos de fraude, corrupción o conflictos de interés. Es por tanto, una oportunidad para que los puestos directivos sean conscientes del valor del compliance y comiencen a implantarlo, y el canal de denuncias es una rama más de estos planes.
En definitiva, Directiva Whistleblowing es un paso más en el auge y asentamiento del cumplimiento normativo impulsado por el compliance. La existencia de un Canal Denuncias es otra herramienta más, al igual que los planes de compliance, para velar por el buen funcionamiento de la empresa y la existencia de un buen clima laboral. La conjugación de estos factores se traduce en el aumento de los beneficios, el bienestar de los empleados y la disminución al máximo de posibles negligencias que puedan llevar a la compañía a problemas legales o incluso a su extinción.
Raquel Navares, Directora PONS Compliance