Antonio Penalva, portavoz de Economía y Empleo de IU-Verdes de Cieza, destaca que desde el pasado jueves, 31 de marzo, entraron plenamente en vigor las novedades legales de la reforma laboral para luchar contra ese mal endémico que es el abuso de la contratación temporal en el mercado de trabajo.
IU-Verdes de Cieza recuerda que el pasado jueves, 31 de marzo, se produjo un "importante cambio" en el mundo de las relaciones laborales en España, ya que desde ese día están plenamente en vigor las novedades legales de la reforma laboral para luchar contra ese mal endémico que es el abuso de la contratación temporal en el mercado de trabajo. Su portavoz de Economía y Empleo, Antonio Penalva, ha aclarado que aunque la ley de reforma laboral entró en vigor el pasado 31 de diciembre, la propia norma daba un periodo transitorio de tres meses para la mayoría de las medidas que afectan a los contratos de trabajo.
Asimismo, Penalva ha subrayado que si bien desde su entrada en vigor los contratos se hacían según la ley anterior a la reforma, la norma estableció que su duración no podía ser superior a los seis meses. Por tanto, aquellos contratos que se hayan suscrito entre enero y marzo podrán agotar dicho plazo hasta septiembre como máximo. Pero a partir del pasado jueves todos los nuevos contratos que se firmen en España tendrán que cumplir con los nuevos requisitos aprobados en la reforma laboral.
También, el portavoz ha precisado que todos los contratos se presumen indefinidos y solo habrá un contrato temporal con dos causas: por circunstancias de la producción y por sustitución. En la primera causa, solo en el caso de no pueda hacerse un contrato fijo discontinuo y siendo su duración será de hasta seis meses, ampliables a un año por convenio colectivo sectorial. El otro tipo de contrato temporal, el de sustitución, se podrá usar para suplir a una persona con derecho a reserva de puesto de trabajo, para completar la jornada reducida o para cubrir un puesto durante un proceso de promoción o selección.
Por otra parte, el portavoz de IU-Verdes ha recordado que el 31 de marzo también entraron en vigor nuevos límites más restrictivos al encadenamiento de contratos. Así, se reduce de 24 a 18 meses (frente a los 30 actuales) el plazo permitido para encadenar contratos eventuales con o sin solución de continuidad, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción. Si esta fórmula se incumpliera, el trabajador pasará a adquirir la condición de indefinido.
Además, será también fija la persona que ocupe un puesto de trabajo que haya estado ocupado, con o sin solución de continuidad, durante más de 18 meses en un periodo de 24 meses por contratados temporales.
Penalva ha concluido destacando que el Gobierno tendrá que analizar los datos de contratación indefinida en enero de 2025 y publicar entonces la tasa oficial de temporalidad general y por sectores. Esta tasa deberá evaluarse cada dos años y, si no se redujera, el Ejecutivo deberá negociar nuevas medidas en el diálogo social.