Cartagena

El Juzgado respalda la decisión del Ayuntamiento de paralizar Novo Carthago

El tribunal ha ratificando que el convenio no se puede resolver porque el proyecto urbanístico está judicializado

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Cartagena ha confirmado que el Ayuntamiento de Cartagena actuó correctamente al negarse a resolver el convenio urbanístico de Novo Carthago, como solicitaba la empresa promotora de los terrenos, Hansa Urbana.

El 4 de mayo de 2018, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cartagena, presidida por la entonces alcaldesa Ana Belén Castejón, acordó suspender por prejudicialidad penal el proceso de reparcelación de Novo Carthago, lo que la empresa recurrió, exigiendo la resolución del convenio y la devolución de los avales.

Ahora el tribunal da la razón al Ayuntamiento de Cartagena, ratificando que el convenio no se puede resolver porque el proyecto urbanístico está judicializado.

“No podemos resolver el convenio hasta que concluya, mediante resolución firme, el procedimiento penal que hay abierto ya que si hay sentencia condenatoria, podría anularse el desarrollo urbanístico de toda esta zona, como venimos demandando, y, por tanto, el convenio sería nulo. En este caso, las consecuencias de la resolución del convenio, tanto económicas como jurídicas, serían muy distintos a los que nos reclama Hansa Urbana por la anulación del convenio. Si seguimos el procedimiento de anulación que nos pedían, el Ayuntamiento podría verse obligado a indemnizar, mientras que si se anula el proceso por sentencia judicial, la indemnización previsiblemente la tendría que asumir la CARM porque los funcionarios imputados son todos de la CARM, ninguno del Ayuntamiento”, ha explicado la vicealcaldesa y concejala de Urbanismo, Ana Belén Castejón.

El caso Novo Carthago investiga por la vía penal a altos cargos políticos de la Comunidad y de la empresa por presuntamente haber recalificado de manera irregular los terrenos donde se iba a desarrollar el proyecto de Novo Carthago. Por este motivo, el Juzgado fundamenta en su sentencia que no se debe resolver el convenio porque “pende de una decisión que se va a enjuiciar ante la jurisdicción penal. Para analizar la resolución del convenio se debe partir de la previa validez del mismo”, algo que actualmente está en tela de juicio ya que si hay sentencia condenatoria, podría conllevar la “nulidad de todo el desarrollo urbanístico del sector, los actos y convenios que resultan de su aplicación”.

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