Cartagena

Cartagena despliega una campaña especial de control de velocidad hasta el proximo domingo

Los controles se realizan en distintas vías principales de acceso a la ciudad, barrios y zonas costeras del municipio

La Policía Local de Cartagena, en colaboración con la Dirección General de Tráfico, despliega entre hoy lunes 21 y el domingo 27 agosto una campaña especial de vigilancia y control de los límites de velocidad en vehículos, que abarcará a vías principales de acceso de la ciudad y sus barrios adyacentes, así como a zonas costeras del término municipal.

Así, ha explicado el concejal de Seguridad Ciudadana, Francisco Aznar, con esta iniciativa se pretende controlar los límites de velocidad en zonas urbanas a través de diferentes controles en estas áreas con el fin de que los conductores "respeten la velocidad y no excedan sus límites". Se busca, en palabras del edil responsable de Seguridad Ciudadana, "no tener que lamentar ningún accidente de ningún ciudadano".

A su vez, Aznar ha recordado que la pasada semana se llevó a cabo otra campaña junto a Policía Local en la que se realizaron controles de alcoholemia en diversos puntos de Cartagena.

En concreto durante esta semana se establecerán controles en:

• GRAN VÍA DE LA MANGA

• SEBASTIÁN FERINGÁN

• CARRETERA DE CALA CORTINA

• ISLA PLANA

• SUBIDA TENTEGORRA

• DOCTOR SERRANO (B.PERAL)

• MAR MENOR (LOS BELONES)

• CARRETERA DE LA ALGAMECA – SUBIDA VERGEL

• MAYOR (LOS BELONES)

• AVDA. VICTOR BELTRÍ

• AVDA. UNIFICACIÓN (LOS URRUTIAS)

• N-332 (SAN JOSÉ OBRERO)

• PICOS DE EUROPA (URB. MEDITERRANEO)

• LOS NIETOS

• LOS URRUTIAS

• AVDA. LUXEMBURGO (POLIGONO CABEZO BEAZA)

• CALE LÓNDRES (POLIGONO CABEZO BEAZA)

• CALLE PADUA (POLIGONO SANTA ANA)

Se recuerda que la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos. El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

Por otro lado el artículo 379 del Código Penal, establece que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

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