Cartagena

SPCT: "El afán recaudatoria del gobierno de Pilar Barreiro no tiene límites"

SPCT plantea una moratoria de 6 meses desde la notificación de la obligación de pago de vado

El Ayuntamiento de Cartagena sin aviso previo y sin constatar en muchos casos el uso de la plaza de aparcamiento de cada vivienda está sancionando a los vecinos de las diputaciones con el pago con carácter retroactivo de la tasa por Aprovechamiento Especial de la Vía Pública con Entrada y Salida de Vehículos a través de las Aceras (la tasa de vados)

El equipo de Gobierno del PP dentro de su política de afán recaudatoria sin medida, está obligando a pagar la tasa de vado a cientos de viviendas situadas en las diputaciones, que por su antigüedad no estaban sujetas a la obtención del pertinente vado para obtener la licencia de 1ª ocupación, pero además no solo han tenido que pagar la tasa del año en ejercicio, sino de los cuatro anteriores, ya que la Ley General Tributaria establece el carácter retroactivo (4 años).

Esta cuestión no se suele plantear en la ciudad, donde la mayoría de los vecinos vive en edificios y donde el vado se paga a través de los gastos de la comunidad. En las diputaciones es habitual y se puede dar el caso de que el vecino que posea un garaje no lo utilice como tal, sino como almacén o lo haya acondicionado como cocina, trastero o incluso salón, desde SPCT nos preguntamos si en ese caso tiene o no que pagar el vado.

Por otra parte nos parece mucho más razonable y esa es nuestra propuesta que se establezca un plazo para poder solicitarlo, que se estudie quién utiliza la cochera de casa como aparcamiento o como dependencia destinada a vivienda, quien la utiliza como almacén o incluso trastero, y quién no debe pagar ese impuesto puesto que ni tan siquiera tiene una acera en la puerta de su garaje.

De la misma forma desde SPCT pensamos que una vez establecido un plazo razonable para la información y el proceso de solicitud, sería mucho más apropiado establecer el pago del vado del ejercicio en curso, y no con una sanción que suponga el pago de 4 años.

El importe de la tasa supone unos 60 euros de media, aunque depende del número de vehículos que se guardan en el garaje, del ancho de la puerta y de la categoría de la calle. Así, por ejemplo, en el caso de que se guarden tres coches, el importe ronda los 190 euros; entre 3 y 5 vehículos, 600 euros y si entran más de 7 vehículos, la tasa se sube a 1.000 euros.

Desde SPCT nos parece intolerable que el desastre de gestión económica del equipo de Gobierno del PP durante sus años de mandato, con obras faraónicas que han triplicado el coste (veáse el Auditorio), otras aún sin acabar (Palacio de Deportes), y la política de creación de puestos de confianza innecesarios a dedo que ha ocasionado un agujero en las cuentas municipales se quiera ahora paliar con medidas tan agresivas fiscalmente, en una época tan difícil como la que vivimos.

LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS, ENTRADA Y CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN CALLES PEATONALES Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULO, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE, establece las siguientes tarifas

1° Aparcamientos-Comunidades:

1.a) Por cada pasadera con autorización para aparcamiento de 2 a 5 vehículos .................. 223,42

1.b) Por cada plaza de aparcamiento más ................................................................................. 6,75

1.c) Por cada metro lineal o fracción más ................................................................................. 74,46

2° Pasaderas en establecimientos, industrias comerciales o naves industriales:

2.a) Por la concesión de la pasadera ....................................................................................... 279,34

2.b) Por cada metro lineal o fracción más .................................................................................. 93,10

3° Pasaderas en garajes privados:

3.a) Garajes privados

3.a.1) Por cada pasadera o garaje privado hasta 5 vehículos ................................................ 335,16

3.a.2) Por cada plaza de aparcamiento más ............................................................................... 6,75

3.a.3) Por cada metro lineal o fracción más ............................................................................ 111,74

3.b) Garajes Individuales

3.b.1) En garajes individuales (edificios o locales que dispongan de garaje o aparcamiento con

una capacidad de una plaza de vehículo automóvil) .............................................................. 111,74

3.b.2) Por cada metro lineal o fracción más .............................................................................. 37,29

4° Pasaderas en viviendas unifamiliares:

4.a) Por cada pasadera en viviendas unifamiliares con capacidad máxima para dos vehículos

................................................................................................................................................... 111,74

4.b) Por cada metro lineal o fracción más ................................................................................... 37,29

En los barrios y pedanías que, a continuación se detalla, las tarifas se reducirán en un 50% de su importe:

Albujón; Algar; Aljorra; Alumbres; Barriada San José Obrero;Barriada Virgen de la Caridad, Beal, Campo Nubla; Canteras; El Hondón, El Plan, Escombreras; Lentiscar; La Aparecida, La Magdalena; Lo Campano; Los Mateos; Los Médicos; Miranda; La Palma; Perín; Pozo Estrecho; Los Puertos; Rincón de San Ginés, San Antonio Abad, San Félix, Santa Ana; Santa Lucia; Villalba; todos los Polígonos Industriales, Cabo de Palos y la Manga.

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