En el Pleno celebrado el día 12 de noviembre de 2009 se aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2010, que entre otras se modifica la ORDENANZA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI), rebajando ligeramente el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento.
Por ejemplo el tipo de IBI de Urbana que estaba en el 0.68% pasa al 0,63%, si bien consideramos que se debía bajar aun mas (sobre el 0.60%), dado que los ayuntamientos tienen la competencia para fijar el tipo de gravamen a aplicar en el IBI, que puede oscilar entre el 0,4 y el 1,1%, de manera que con esto los ayuntamientos deciden al final si los contribuyentes pagan mas o menos a partir de los valores catastrales.
Dado que no se había producido revisión de los valores catastrales desde el año 1990 hasta el 2007, año en el que la especulación urbanística alcanzaba su punto más alto, esta situación ha dado lugar a un notable incremento del IBI con subidas que en general superan el 50% y en muchos casos más del doble, especialmente en los de Rústica, a lo que se une ahora la delicada situación económica de muchas familias, lo cual ha motivado un notable malestar entre los contribuyentes de la localidad.
Por nuestra parte entendemos que es posible reducir un poco más el tipo de gravamen de manera que la presión de este impuesto (por su fuerte subida) no sea excesiva. Además consideramos que tampoco se debería ahora compensar de alguna manera con el IBI la caída de la recaudación por otros conceptos.
Por esta razón hemos presentado alegaciones ahora que está en información pública a lo que ya nos opusimos en el debate del pasado Pleno. Nuestra sorpresa surge cuando los técnicos municipales nos informan de que no hay plazo para resolver nuestras alegaciones por lo tarde que se aprobaron inicialmente las Ordenanzas. Además se nos informa de que si no las retiramos, las Ordenanzas no podrán estar publicadas antes del 31 diciembre, de manera que estén en vigor al uno de enero de 2010, por lo que el año que viene se aplicaría el tipo anterior más alto, justo lo contrario de lo que pretendemos.
Según ha manifestado Alfonso Sánchez, ante esto y por responsabilidad las hemos retirado, pero “queremos expresar nuestra queja y malestar públicamente por esta circunstancia al no cumplir con los plazos como le corresponde en este caso al Sr. Salvador Gómez, Concejal de Hacienda”, pues en la práctica “está limitando el derecho no solo nuestro, de cualquier ciudadano, a presentar alegaciones, algo que evidentemente nos parece grave y de lo que debería dar alguna explicación a los ciudadanos”.