Podrán ser beneficiarios de éstas las empresas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa del sector industrial, agrupaciones o asociaciones de las mismas, y las pequeñas y medianas empresas de servicios a la actividad industrial, agrupaciones o asociaciones de las mismas.
Se considerarán inversiones subvencionables las realizadas en bienes y servicios necesarios para el correcto cumplimiento del objeto de la acción correspondiente. Serán por tanto elegibles las inversiones efectuadas en inmovilizado, tanto material como inmaterial, de nueva adquisición y que tenga relación con los siguientes conceptos, entre otros: adquisición de maquinaria y bienes de equipo; instalaciones técnicas para suministro de energía; instalaciones técnicas para el suministro de líquidos y gases; instalaciones frigoríficas para uso industrial; equipos para proceso de información y aplicaciones informáticas y gastos de formación de personal.
Las empresas interesadas en optar a estas subvenciones tienen de plazo hasta el 15 de septiembre para formalizar su solicitud, pudiendo dirigirse para obtener mayor información a la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Bullas.