El Ejecutivo aprobó el pasado martes un Real Decreto Ley 15/2020 en el que se establecen nuevas medidas urgentes para apoyar tanto la economía como el empleo y que a continuación resumimos:
Prórroga de 2 meses para la prioridad del teletrabajo.
Prórroga de 2 meses para Plan MECUIDO, para atender a personas dependientes. La reducción de jornada conlleva la reducción de sueldo, aunque el Gobierno de España afirmó en primera instancia que aprobaría una ayuda para compensar parcialmente esta pérdida de sueldo.
Cooperativas. Se permite que durante la crisis flexibilicen los fondos cooperativos para poder hacer frente a las dificultades de funcionamiento originadas y mayor flexibilización de las exigencias de constitución y funcionamiento de las sociedades laborales.
Acceso a la prestación por desempleo de las personas despedidas en esta crisis, en el periodo de prueba de sus contratos desde el 9 de marzo.
Acceso a la prestación por desempleo para aquellos que extinguieron voluntariamente sus contratos desde 1 de marzo por tener una oferta laboral firme que no ha llegado a materializarse por la crisis del Covid-19.
Posibilidad de que empresas que prestan servicios esenciales puedan hacer un ERTE sobre la plantilla que no cumple esas tareas necesarias.
Los trabajadores fijos-discontinuos, tendrán derecho a una prestación de desempleo durante 90 días, aunque ya hubieran agotado su paro. Posibilidad de que las empresas puedan incluir a estos trabajadores en ERTEs de reducción de jornada o suspensión de contratos, pudiendo solicitar así la prestación por desempleo como el resto de trabajadores.
Se suspenden los plazos en el ámbito de la actuación de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
En cuanto a empresas y autónomos, el Gobierno de España ha aprobado que se puedan ajustar los pagos fraccionados a la situación de cierre y también que los autónomos puedan renunciar temporalmente al sistema de tributación por módulos.