El Ayuntamiento de Alhama, a través de la Concejalía de Urbanismo, recuerda que, tal y como se exponía en un bando de Alcaldía con fecha 23 de febrero de 2011, el próximo 4 de abril de 2013 concluye el plazo para que los propietarios de viviendas emplazadas en las áreas UNSEC, Zonas 18-01, 19-02, 20-04 y el Sector USEC Zona 15-09, puedan instar a la legalización de sus propiedades.
Asimismo, el mismo día, también concluye el plazo para regularizar viviendas y actividades existentes en Suelo Urbanizable No Sectorizado, Suelo No Urbanizable Inadecuado, y Suelo No Urbanizable Protegido por Planeamiento, que no dispongan de licencia urbanística.
Por otra parte, y según la Modificación n° 5 del Plan General Municipal de Ordenación de Alhama de Murcia:
Se propone completar la Disposición Transitoria primera, para la regularización de viviendas y actividades permitiendo la regularización en los Suelos No Urbanizable Protegidos por Planeamiento, con las siguientes condiciones:
1°.- Que en el momento de la exposición al público del Avance de Planeamiento del P.G.M.O., (año 2004), se encontraban concluidas.
2°.- Que su uso no sea incompatible con los previstos en el P.G.M.O.
3°.- No afectar a un Sistema General, ni estar situadas a menos de 5 mts., del eje de Camino Público.
4°.- El plazo durante el cual las edificaciones y actividades podrán acogerse al régimen previsto en esta Disposición, será de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Modificación del Plan General.
5°.- Con la solicitud de legalización de la edificación se adjuntará documento suscrito por Técnico competente, justificando su integración paisajística, y en su caso las actuaciones necesarias para completar la referida integración.
6°.- Con la solicitud de legalización de la edificación destinada a vivienda, se acompañará la correspondiente documentación que garantice las condiciones de seguridad y salubridad adecuadas, suscritas por técnico competente.