Águilas

El Ayuntamiento lleva a cabo un Plan de Gestión de las Poblaciones Felinas Urbanas

Con el objetivo de promover tanto la protección como el control poblacional de los gatos ferales en el municipio, y cumpliendo con la Ley 6/2017 de 8 de noviembre sobre protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia, el ayuntamiento de Águilas está llevando a cabo un Plan de Gestión de las Poblaciones Felinas Urbanas en Águilas, mediante la implantación del método CER/S, es decir Captura, Esterilización y Retorno/Suelta de estos animales, con el fin de promover un correcto mantenimiento de los gatos mejorando su situación sanitaria, evitando la superpoblación y las posibles molestias derivadas hacia los vecinos.

Estas colonias felinas, están formadas por gatos en el entorno urbano que se forman a partir de animales abandonados o extraviados y sus crías, haciéndose necesaria una gestión adecuada tanto desde el punto de vista del bienestar animal, como de salud pública.

De esta forma, el ayuntamiento de Águilas en colaboración con las asociaciones protectoras de animales "Proyecto CES Águilas" y "Animales en Apuros", así como con diferentes clínicas veterinarias de la localidad, está procediendo a la castración, vacunación antirrábica y desparasitación de los gatos de diferentes colonias felinas de la localidad y pedanías, siendo actualmente 218 gatos (119 hembras y 99 machos) repartidos en diferentes colonias.

Con esto se consigue disminuir riesgos para la salud pública, conflictividad social, accidentes de tráfico y atropellos, así como mejorar el bienestar animal de los gatos.

Al mismo tiempo se informa que, en función de lo establecido en el Art. 20.7 de la Ordenanza para la garantía de la convivencia ciudadana y la protección del espacio urbano en la ciudad de Águilas, queda prohibido, por razones de salubridad pública, alimentar a los gatos en lugares públicos, excepto cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que dichos alimentos estén específicamente preparados para este tipo de animal.

b) Que sean alimentos sólidos, deshidratados y que no produzcan olores ni sean susceptibles de ensuciar el espacio público.

c) Que se retiren los recipientes empleados una vez utilizados.

d) Que los lugares donde se suministren los alimentos estén suficientemente alejados unos de otros a los efectos de evitar concentraciones de animales.

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