La edil de Consumo, Encarna Navarro, ha informado, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.), de las normas que debemos conocer, en estos días, relativas a las telecomunicaciones.
Durante el estado de alarma no pueden suspenderse o interrumpirse los servicios de comunicaciones electrónicas. Por tanto, queda garantizada la prestación del servicio universal de telecomunicaciones, el mantenimiento de los servicios de comunicaciones electrónicas y la conectividad de banda ancha.
En este periodo no hay moratoria como tal, pero los servicios de comunicaciones electrónicas están garantizados mientras esté en vigor el estado de alarma, por lo que en ese período no pueden interrumpirse por impago.
Con el objetivo de minimizar los desplazamientos de los usuarios, se suspende la portabilidad cuando afecte a aquellas operaciones en las que sea necesaria la presencia de los operadores involucrados o sus agentes o del usuario, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor.
Se refuerza la protección de consumidores y usuarios al prever que estos no podrán ver incrementadas sus tarifas en el periodo de tiempo en que, como consecuencia de la suspensión, no pueden solicitar un cambio de compañía proveedora de servicios de comunicaciones electrónicas.